El Tribunal le dio el partido a Defensores de Esquiú y sancionó a San Martín

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El Tribunal le dio el partido a Defensores de Esquiú y sancionó a San Martín

El Tribunal de Disciplina del Torneo Provincial resolvió dar por perdido el partido al Club San Martín en el encuentro que disputaba frente a Defensores de Esquiú, correspondiente al certamen provincial, el cual debió suspenderse cuando se llevaban disputados 40 minutos del segundo tiempo.

De acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 07/2026, la suspensión del encuentro se produjo a raíz de incidentes protagonizados por la parcialidad del club local, que arrojó proyectiles contra el árbitro del partido. La situación quedó asentada en el informe arbitral, documento que sirvió como base para la determinación del organismo disciplinario.

En consecuencia, el Tribunal resolvió adjudicar los puntos en disputa a Defensores de Esquiú y registrar el resultado reglamentario de San Martín 0 – Defensores de Esquiú 1, conforme a lo establecido en el artículo 152 del Reglamento de Transgresiones y Penas de la .

Además, el organismo sancionó al Club San Martín con dos fechas de suspensión de su cancha, escenario donde hace de local en el estadio Primo Antonio Prevedello, debido a los hechos ocurridos durante el encuentro. A esta sanción se suma una multa económica equivalente a 150 V.E. por cada fecha de suspensión, lo que totaliza 300 V.E.

La resolución del Tribunal

En el documento oficial, el Tribunal de Disciplina resolvió lo siguiente:

ARTÍCULO 2°: Dar por perdido el partido al Club San Martín correspondiente al encuentro disputado frente al Club Defensores de Esquiú, el cual debió suspenderse cuando se llevaban disputados cuarenta (40) minutos del segundo tiempo, a raíz de los incidentes protagonizados por la parcialidad del club local que arrojó proyectiles contra el árbitro del encuentro, conforme surge del informe arbitral. En consecuencia, se adjudican los puntos en disputa al Club Defensores de Esquiú, registrándose el resultado reglamentario de Club San Martín 0 – Club Defensores de Esquiú 1, de conformidad con lo establecido en el artículo 152 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

ARTÍCULO 3°: Sancionar al Club San Martín con la suspensión de su cancha por el término de dos (2) fechas, en virtud de los hechos ocurridos durante el encuentro mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

ARTÍCULO 4°: Aplicar al Club San Martín una multa de ciento cincuenta (150) V.E. por cada fecha de suspensión de cancha impuesta, lo que totaliza trescientas (300) V.E., conforme lo previsto en la normativa reglamentaria vigente.

ARTÍCULO 5°: Notifíquese a las partes interesadas y, cumplido, archívese.



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