NACIONAL SUB 15: EL TRIBUNAL DE PENAS DIO A CONOCER EL FALLO

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Finalmente el Tribunal de Disciplina del Consejo Federal dio a conocer el fallo sobre el encuentro suspendido entre la Liga Chacarera de Fútbol y la Liga Cordobesa, cuando disputaban la fase regional de selecciones sub15 el pasado 28 de octubre.

El partido fue finalizado con el resultado 1-0 a favor de los cordobeses que disputaron la fase nacional. Mientras que el jugador Nicolás Olivera recibió una sanción de 6 fechas.

El Fallo.
EXPEDIENTE Nº 4145/18 – TORNEO NAC. DE SELECCIONES SUB “15” 2018
Liga Chacarera de Fútbol Vs. Liga Cordobesa de Fútbol
Ciudad Autónoma de Buenos aires, 14 de noviembre de 2018.-

VISTO
El informe arbitral obrante a fs. 3, que da cuenta que en el partido entre Liga Chacarera de Fútbol Vs. Liga Cordobesa de Fútbol, División Sub 15 Categoría Nacional, celebrado en fecha 28/10/2018, jugado en el estadio de Liga Chacarera de Fútbol, de acuerdo al informe, fue suspendido a los 64 minutos a raíz de haber sufrido el árbitro principal Cano Federico Exequiel, una agresión física de parte del jugador de la Liga Chacarera de Futbol, identificado con el N°2 (dos) Olivera Darío.-

El mencionado jugador Olivera, y el jugador de la Liga Cordobesa de Fútbol identificado con el N° 6, Moreno Matías Agustín, fueron expulsados a raíz de agresión física mutua, y en esas circunstancias el jugador Olivera, a decir del informe arbitral, agredió desde atrás al árbitro principal, habiendo ingresado al campo de juego dos simpatizantes del equipo local, sorteando el alambrado olímpico y contenidos por la policía; en tales circunstancias decidió suspender el partido, a los 64 minutos de juego.

CONSIDERANDO
Que a fs. 5 y fs. 6 se les da intervención a la Liga Cordobesa de Fútbol y Liga Chacarera de Fútbol, respectivamente. Consta en el informe arbitral, que a los 63 minutos fue expulsado el jugador N° 8 Chiggia Fabricio de la Liga Cordobesa de Fútbol, por doble amonestación.-

De los descargos respectivos, Matías A. Moreno Fs. 8 Chiggia Fabricio, Fs. 9, de la Liga Cordobesa de Fútbol y Darío Nicolás Olivera Fs. 11, de la Liga Chacarera de Fútbol, no logran enervar de modo alguno los fundamentos del informe arbitral.-

Además este Tribunal tiene a la vista el video del partido aportado por la Liga Cordobesa de Fútbol, que corrobora en su mayor extensión lo expuesto por el
árbitro.

RESULTANDO
Que se encuentran acreditados en el tramite la responsabilidad de los jugadores informados por el Sr. Arbitro.-

Así tenemos que el jugador de la Liga Chacarera de Fútbol Darío Nicolás Olivera, quien agredió al árbitro, y acreditada plenamente esta circunstancia, cabe encuadrar su conducta en lo dispuesto en el art. 185 ultima parte del RTP y se le impone la
pena de 6 (seis) partidos de suspensión.-

Al jugador Moreno Matías Agustín de la Liga Cordobesa de Fútbol, encuadra su conducta en el Art. 200 inc. A 5 del RTP y se le impone la sanción de tres (3) partidos y en función del art. 154 del RTP se le reduce a un partido.-

Al jugador Chiggia Fabrizio expulsado por doble amonestación, se encuadra su conducta en el art. 207 del RTP y se le aplica un (1) partido de suspensión.-

Con referencia al partido suspendido por el árbitro principal, a los 64 minutos, conforme al informe elevado, de acuerdo a las circunstancias de hecho, este Tribunal considera oportuno darlo por finalizado, conclusión a la que se arriban en mérito a las cuestiones fácticas y de interpretación conforme a los artículo 32 y 33 del RTP y
concordantes, del Consejo Federal de Fútbol y atento a los dispuesto en el artículo 152 del RTP, se mantiene el resultado que existía hasta el momento de la suspensión, como resultado definitivo del encuentro, es decir Liga Chacarera de Fútbol 0 (cero) vs. Liga Cordobesa de Fútbol 1 (Uno).-

Por lo expuesto el Tribunal de disciplina del interior RESUELVE
1°) Dar por finalizado el encuentro que disputaban la Liga Chacarera de Fútbol Vs. Liga Cordobesa de Fútbol, en el marco del Torneo Nacional de Selecciones Sub “15”, registrando el resultado obtenido en el campo de juego (Arts. 32, 33 y 152 del RTP), Liga Chacarera de Fútbol 0 (cero) vs. Liga Cordobesa de Fútbol 1 (Uno).

2°) Sancionar al jugador Fabrizio Chiggia (Liga Cordobesa de Fútbol), con la pena de (1) un partido de suspensión conforme a lo establecido en los artículos 154 y 207 del
RTP.-

3°) Sancionar al jugador Matías Agustín Moreno (Liga Cordobesa de Fútbol), con la pena de (1) un partido de suspensión conforme a lo establecido en los artículos 154 y 200 inc. a) punto 5 del RTP.-

4°) Sancionar al jugador Darío Nicolás Olivera (Liga Chacarera de Fútbol), con la pena de (6) seis partidos de suspensión conforme a lo establecido en el artículo 185
del RTP.-

5°) Publíquese, Notifíquese y Archívese.

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